Publicado el 13 de May de 2020

Alegaciones al proyecto de nuevo Real Decreto de Ordenación de las Enseñanzas Oficiales del Sistema Universitario Español

El pasado viernes 8 de mayo de 2020 se remitió a la Secretaría General de Universidades un escrito firmado por el Decano del Colegio, D. Lorenzo Navarrete Moreno, que recogía una serie de consideraciones/alegaciones presentadas por nuestro Colegio Profesional en relación al texto de la propuesta de nuevo Real Decreto de Ordenación de las Enseñanzas Oficiales del Sistema Universitario Español. Desde el Ministerio de Universidades nos han confirmado su recepción y nos han transmitido que tendrán nuestros planteamientos en consideración.

Las alegaciones recogidas en el documento remitido son las siguientes:

Primera.-Desarrollo reglamentario de la participación de los colegios profesionales en la elaboración y modificación de los planes de estudios de las enseñanzas universitarias que les conciernen.
La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, en su artículo 5, otorga a los colegios profesionalesla función de participar en la elaboración de los planes de estudio correspondientes a las profesiones respectivas delas distintas universidades, dentro de su ámbito territorial de competencia.
Por consiguiente, los colegios profesionales han de formar parte necesaria del proceso de elaboración de los planes de estudio, así como de las modificaciones de los mismos por ser conocedores cualificados de las necesidades competenciales de los profesionales que representan, más si cabe si con este Real Decreto se pretende “inserción en el mundo laboral”, y no sólo obtener una formación académica, tal como se explicita en la exposición de motivos del mismo.
Los Colegios profesionales afectados deben ser informados por las universidades del inicio de la elaboración o modificación de los planes de estudios que les concierne, pudiendo presentar propuestas y alegaciones respecto a asignaturas a incluir (o quitar), itinerarios y especialidades, además de formando parte con al menos un miembro en las comisiones de evaluación y elaboración de planes de estudios, tanto de la universidad como de las agencias de evaluación, debiendo obtener respuesta razonada por parte de las universidades de la aceptación o no de lassus propuestas y alegaciones.
Se solicita, en este sentido, que la nueva norma contemple específica y singularmente los procedimientos para la necesaria y adecuada participación de los colegios profesionales en la elaboración y modificación de cada plan de estudios que dé lugar a los títulos de la profesión que cada colegio represente, tal como se explícita en el párrafo anterior. 

Segunda.-Mayor concreción sobre algunos aspectos de los nuevos grados de 180 créditos.
Se debería aclarar que los grados de 180 créditos no puedan crearse como segregación de grados actualmente existentes, ni crearse grados de ramas o especializaciones de grados ya existentes, sin perjuicio de que en los nuevos grados puedan incluirse asignaturas de los ámbitos de conocimiento de los grados actuales.
Asimismo, los nuevos grados de 180 créditos deberían estar orientados a obtener un perfil profesional técnico específico más básico, con menores conocimientos generalistas superiores respecto a los grados de 240 créditos.
Se debería aclarar si las personas que obtengan un grado de 180 créditos pueden optar o no a las oposiciones denivel A1 de la administración pública, que estaban reservada a personas con licenciaturas de cinco años, pero queactualmente admiten a personas con grados de 240 créditos, pero no a personas con diplomaturas de 3 años. 

Tercera. -Inclusión de aspectos de la sociología y de las ciencias políticas entre las materias troncales obligatorias de las carreras de ciencias de la salud.
Una vez que se defina los ámbitos de conocimiento, dentro del ámbito de conocimiento de ciencias de la salud,algunos contenidos propios de la sociología y de la ciencia política y de la administración deberían ser materias troncales obligatorias. Por ejemplo, hay que tener en cuenta, dentro de la epidemiología, la importancia e incidencia de los comportamientos sociales en la extensión de las epidemias, tal como las actuales circunstancias demuestran. Actualmente asignaturas como la estadística si forman parte del ámbito de conocimiento de la sanidad, mientras que la sociología no, a pesar de ser la principal herramienta de interpretación de la estadística. Asimismo, las políticas públicas de salud son esenciales a la hora de abordar problemáticas sanitarias, y por tanto deben ser aprendidas por los futuros profesionales de estas áreas. 

Cuarta. -Consideraciones acerca de la Orientación Profesional.
Incluir en la Orientación Profesional dentro de los Grados a los Colegios Profesionales por ser los mejores conocedores del mercado laboral de sus respectivas profesiones y ser el mejor nexo de unión entre mercado de trabajo y universidad.

Además de dichas consideraciones expuestas en nuestro escrito solicitamos al Ministerio de Universidades que tenga al Colegio Profesional de Politólogos y Sociólogos de la Comunidad de Madrid como expresamente interesado en la tramitación de este Real Decreto.

Puede leer el documento remitido a la Secretaría General de Universidades haciendo click en el siguiente enlace:



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